Este martes día 15 de diciembre de 2020 salió la Orden de la Consejería de Sanidad para estos días de Navidad. Seguimos estando en nivel de alerta 3 ordinaria. Esto supone un aforo limitado al 25 por ciento y la prohibición de cantar en los lugares de culto. A partir del 24 y hasta el 6 de enero se ampliará el aforo al 50%.
Esta es la orden:
“ c) Lugares de culto. El porcentaje de aforo máximo permitido, establecido en la letra h) del artículo 32.1 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, queda fijado en el 50 por ciento desde las 00:00 horas del día 24 de diciembre de 2020 hasta las 24 horas del día 6 de enero de 2021. El día 24 de diciembre de 2020 podrá prolongarse la apertura hasta las 01:00 horas del día 25 de diciembre de 2020.”